


.jpg)
Para que en la AFA dejen de mirar para otro lado, basta de mafias en Newells!
Irregularidades detectadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) en las transferencia de Diego Mateo, Maximiliano Rodríguez, Claudio París, Lucas Bernardi y Damián Manso llevarán a Eduardo J. López a juicio oral, de acuerdo a lo resuelto por la Cámara Federal de Apelaciones, que el pasado 7 de agosto dejó firme su procesamiento, le decretó un embargo sobre sus bienes de 870.000 pesos y le revocó un sobreseimiento que, en primera instancia, había dictaminado el juez federal Germán Sutter Schneider. López es juzgado en su calidad de presidente de Ñuls y bajo la "presunta comisión del delito de apropiación indebida de tributos previsto y penado por el artículo 6º de la Ley Nº 24.769", de acuerdo a lo expuesto por la resolución de la Cámara a la cual tuvo acceso en forma exclusiva Rosario/12.
Como diera cuenta este diario en su edición del 4 setiembre de 2006, el juez federal Sutter Schneider había procesado a Eduardo López por evasión fiscal en la transferencia de jugadores de Ñuls. Entre sus resoluciones, el magistrado procesó al mandamás del parque Independencia por retenciones indebidas al fisco producidas en las ventas de Diego Mateo y Maximiliano Rodríguez, como así también ordenó trabar embargos sobre sus bienes por casi un millón de pesos. Además, Sutter Schneider había ordenado sobreseer a López en los cargos de supuesta infracción de la Ley Penal Tributaria 24.769 sobre la transferencia de Diego Crosa, como así también en la causa iniciada por motivos similares respecto a las negociaciones realizadas con los pases de Claudio París, Lucas Bernardi y Damián Manso.
Todas estas medidas estuvieron bajo revisión de la Cámara Federal de Apelaciones, que resolvió ratificar su procesamiento librado por la sospechas de irregularidades en las transacciones de Mateo y Rodríguez, decretar su embargo, ratificar por "prescripción" el expediente abierto por el caso de Crosa, y revocar la "extinción de acción penal" sobre las operaciones libradas con París, Bernardi y Manso, dejando firme así su procesamiento por estas negociaciones.
Los delitos a los cuales se investiga a López están reunidos en la causa Nº 604/01 por infracción a la Ley Penal Tributaria, y repartidos en el expediente en cuatro puntos, todos ellos tratados oportunamente por el Juzgado Federal Nº 4. En el primero de ellos, el juez de primera instancia resolvió el procesamiento de López "en su carácter de presidente de Ñuls" por la "presunta comisión del delito de apropiación indebida de tributos previsto y penado por el artículo 6º de la Ley Nº 24.769, en dos oportunidades, por las sumas de 143.490 y 717.240 pesos, retenidas en el marco de las transferencias de los jugadores Mateo y Rodríguez respectivamente", de acuerdo a lo descripto por la resolución. Al respecto, la Cámara Federal de Apelaciones ratificó el pasado 7 de agosto dicho procesamiento.
El segundo punto tratado por el tribunal federal daba cuenta de un embargo establecido por el juez sobre los bienes de López por el monto de 870.000 pesos, atento al supuesto daño causado al fisco por el mandamás leproso. Esta medida también fue ratificada por la Cámara.
La tercera resolución firmada por Sutter Schneider disponía "declarar la extinción de la acción penal por prescripción en relación al delito de apropiación indebida del importe correspondiente al impuesto a las ganancias por la transferencia de los derechos federativos de Diego Crosa al Real Betis de España por la suma de $105.380,18 y, en consecuencia, sobreseer a Eduardo López en la presente causa". El sobreseimiento quedó firme por los miembros del tribunal, siendo ésta la única medida a favor del mandamás rojinegro. Por tal, la Afip ya nada podrá objetarle a López sobre le operación que desembocó, oportunamente, en el arribo del mayor de los hermanos Crosa al fútbol español.
El punto cuatro de la resolución es el más relevante, atento a que la Cámara de Apelaciones ordenó revocar el fallo de Sutter Schneider, que al igual que el tercer apartado había dispuesto el sobreseimiento de López. En su momento el juez declaró "la extinción de la acción penal por regulación en relación al delito de apropiación indebida de tributos en los casos de las transferencias de París, Bernardi y Manso". Muy por el contrario, los jueces de Cámara revocaron la disposición del magistrado, haciendo otra interpretación de la Ley, dejando sin efecto el sobreseimiento y decretando así su procesamiento, que al igual que en el caso abierto por Mateo y la Fiera Rodríguez, quedó firme.
"Con esta resolución López tiene que ir a juicio oral y su situación es muy comprometida", apuntó una fuente judicial que siguió de cerca el expediente. El tribunal estuvo compuesto por tres miembros, de los cuales votaron dos a favor de estas medidas: la ratificación del procesamiento por Mateo y Rodríguez, el decreto de embargo, el sobreseimiento sobre el pase de Crosa y la revocación del sobreseimiento dictaminado en las ventas de París, Bernardi y Manso para procesarlo también por estas negociaciones. El fallo de la Cámara fue firmado por los jueces José Toledo (en disidencia), Fernando Barbará y Elida Vidal.
El club puede cancelar la deuda para salir de la quiebra o apelar la decisión. De todos modos, si la medida queda firme la institución no cerraría sino que un fideicomiso reemplazaría a su comisión directiva
La quiebra que la Justicia rosarina decretó a Newell´s old Boys plantea varios escenarios, aunque ninguno de ellos incluye el cierre del club. La decisión de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, que dio el vuelta el fallo de primera instancia, podría ser rebatida si el club abona la deuda que reclama el acreedor (el planteo técnico se llama “recurso de levantamiento sin trámite” que consiste en depositar el monto reclamado por el acreedor). Aunque también puede apelar a la Corte provincial.
De todos modos, incluso si la quiebra queda firme, Newell´s no cerrará sus puertas. Mario Holland, ex presidente del colegio de abogados, explicó que "existe una legislación especial que regula las crisis de las entidades deportivas, y esta ley establece la aplicación de un sistema de salvataje".
Entrevistado en el programa De tarde en tarde, de Radio 2, el abogado señaló que "si una entidad deportiva entra en quiebra no se le aplica lisa y llanamente el mismo procedimiento que a una empresa o persona común. Se le aplica sistema alternativo que implica aplicación régimen de fideicomiso".
Este implica "la remoción de la comisión directiva" y, en su reemplazo, la creación de "un órgano fiduciario integrado por tres profesionales de diferente origen que tengan a su cargo el saneamiento de pasivo y la administración de la entidad", explicó Holland.
Quien estuviera a cargo del Colegio de Abogados detalló, además, que "una institución puede estar varios años en este sistema, con varias alternativas. El órgano fiduciario puede aconsejar como modalidad de explotación la contratación de diferentes entidades privadas o llevar sola la administración".